- Ley
- Ley Para la Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal
- Artículo
- 3
Artículo 3 de la Ley Para la Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica que el gobierno de la Ciudad de México tiene un plan para atender el cáncer de mama. Los objetivos principales son reducir la cantidad de mujeres que enferman o mueren por esta causa, y darle prioridad al tema. Se busca detectar el cáncer a tiempo, especialmente en mujeres de 40 años o más, y también en mujeres más jóvenes si algún familiar lo ha tenido. Además, se ofrece atención médica y estudios gratuitos a quienes no tienen seguro social, tanto a mujeres como a hombres. Por último, incluye información para que te cuides, apoyo psicológico si hay sospecha de cáncer, y hasta cirugía de reconstrucción de seno para personas de bajos recursos que hayan perdido un seno por este cáncer.
Texto oficial
Artículo 3°. La atención integral del cáncer de mama en el Distrito Federal tiene como objetivos los siguientes: Disminuir las tasas de morbilidad y mortalidad por cáncer de mama en la población femenina de la Ciudad de México, mediante una política pública de carácter prioritario; Coadyuvar en la detección oportuna del cáncer de mama en mujeres a partir de los 40 años y en toda mujer que haya tenido un familiar con cáncer de mama antes de esa edad, que residan en el Distrito Federal; Brindar atención a mujeres y, en su caso, hombres sin seguridad social, cuyo resultado requiere de estudios complementarios o atención médica de acuerdo a las indicaciones respectivas; Difundir información a las mujeres y, en su caso, hombres sobre la importancia del autocuidado y la apropiación de su cuerpo para la detección oportuna de cáncer de mama; Realizar acciones de promoción de la salud para fomentar una cultura de prevención del cáncer de mama; Llevar a cabo acciones de prevención y atención de casos de cáncer de mama en hombres; Brindar acompañamiento psicológico a las mujeres y, en su caso, hombres cuyo resultado indique sospecha, alta sospecha o confirmación de cáncer de mama, y Realizar acciones encaminadas a la atención médica y rehabilitación integral de las mujeres y, en su caso, hombres con diagnóstico sospechoso, altamente sospechoso y confirmado de cáncer de mama. Brindar atención médica referente a la reconstrucción mamaria como rehabilitación para las personas de bajos recursos económicos que lo requieran y que sean candidatas, mediante estudios socioeconómicos, a quienes se les haya realizado una mastectomía como tratamiento del cáncer de mama.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.