- Ley
- Ley Para la Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la Ley Para la Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud de la Ciudad de México debe tener clínicas, doctores, medicinas y aparatos que cumplan con las reglas oficiales para detectar y tratar el cáncer de mama. También va a revisar que todo esté en orden, como los equipos y el personal, para que funcione bien según el programa de atención contra el cáncer de mama. Si todo cumple, la misma Secretaría dará un certificado que avale que pueden operar. Además, puede hacer acuerdos con hospitales federales para ofrecer mastografías, diagnósticos, tratamientos y rehabilitación, tal como lo dice el artículo 8 de esta ley.
Texto oficial
Artículo 39. La Secretaría de Salud del Distrito Federal dispondrá de unidades médicas, personal, insumos y equipo necesarios que cumplan con los lineamientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana en materia de cáncer de mama y en la Norma Oficial Mexicana en materia de especificaciones y requerimientos de los equipos de detección. Supervisará que la infraestructura, equipos y personal que se destinen para el cumplimiento de la presente Ley, cumplan con lo establecido en la misma, los lineamientos de operación del Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal y la Norma Oficial Mexicana en materia de cáncer de mama. Dicha verificación tendrá como objetivo la certificación que emita la Secretaría de Salud para el funcionamiento y operación del equipo y personal referido. Asimismo podrá suscribir convenios con instituciones de salud públicas a nivel federal a los que se refiere el artículo 8° de la presente Ley para la prestación de los servicios de detección en su modalidad de mastografías, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación integral, contemplados en el Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.