- Ley
- Ley Para la Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal
- Artículo
- 42
Artículo 42 de la Ley Para la Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud va a crear un plan para revisar y darle mantenimiento a los hospitales, clínicas y equipos que se usan en el Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama. Esto es para asegurarse de que todo funcione bien y esté en buenas condiciones. Básicamente, el gobierno se encargará de que los aparatos y las instalaciones donde te atienden estén listos y no fallen. Así, si necesitas una revisión o tratamiento, puedas recibirlo sin problemas.
Texto oficial
Artículo 42. La Secretaría de Salud emitirá un programa de verificación y mantenimiento a las unidades médicas y equipo que presten los servicios del Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama, para su adecuado funcionamiento. Capítulo Tercero Del personal
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.