- Ley
- Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
- Artículo
- 37
Artículo 37 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando una persona recibe ayuda por su consumo de drogas, los doctores o especialistas deben tratar su salud física y mental con respeto. No importa si eres hombre o mujer, el trato debe ser justo y sin prejuicios. Además, deben seguir las reglas médicas de ética, como no maltratarte ni hacerte daño. En pocas palabras, buscan que recibas apoyo sin que te sientas juzgado o violentado.
Texto oficial
Artículo 37. El tratamiento y la rehabilitación a personas que consuman sustancias psicoactivas, respetará los derechos humanos e incorporará la perspectiva de género, siguiendo los estándares de ética médica y profesionalismo en la prestación de servicios de salud y cuidando su integridad física y mental.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.