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Ley
Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
Artículo
43

Artículo 43 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a hacer acuerdos con instituciones públicas y privadas para que te orienten y capaciten si usas servicios para dejar o controlar el consumo de sustancias como drogas. La idea es ayudarte a reintegrarte al trabajo después de tu tratamiento. Es decir, buscan que puedas conseguir un empleo o volver a trabajar sin problema. Esto aplica para quienes ya están recibiendo atención integral por consumo de sustancias.

Texto oficial

Artículo 43. El Instituto celebrará convenios con instituciones públicas y privadas para orientar y capacitar las personas usuarias de los servicios de la atención integral del consumo de sustancias psicoactivas, con la finalidad de reinsertarlos en el ámbito laboral.

Ver texto oficial de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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