- Ley
- Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
- Artículo
- 56
Artículo 56 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 56 dice que hay diferentes formas en las que alguien puede entrar a un centro de tratamiento para adicciones, dependiendo del tipo de centro. En los centros profesionales o mixtos (donde hay doctores y personal capacitado), la persona puede entrar por su propia voluntad, porque un juez o familiar lo ordene, porque una autoridad lo obligue, o como una opción en lugar de ir a juicio. En los centros de ayuda mutua (como los grupos de apoyo entre personas), solo se puede entrar si la persona quiere voluntariamente, aunque también puede ser como medida alternativa al juicio, pero solo si el centro está reconocido por las autoridades y cumple con la ley. Además, todos los centros deben seguir las reglas de la Norma Oficial Mexicana sobre cómo recibir a personas que consumen drogas.
Texto oficial
Artículo 56. El ingreso de las personas a los Centros de Atención de Adicciones con modelos profesional y mixto podrá ser voluntario, involuntario, obligatorio y como medida alternativa al proceso judicial. En el ingreso de los centros de ayuda mutua será estrictamente voluntario, podrá darse el ingreso como medida alternativa al proceso judicial en los centros que operen bajo este modelo que estén reconocidos por las autoridades respectivas y se sujeten a las disposiciones establecidas en la presente Ley y demás legislación aplicable. Los Centros de Atención de Adicciones observarán lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana respectiva a los procedimientos de ingreso de las personas con consumo de sustancias psicoactivas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.