- Ley
- Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
- Artículo
- 59
Artículo 59 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a crear un registro de todos los centros que atienden adicciones en la Ciudad de México. Va a mantener actualizada una lista de estos centros y la va a publicar por internet para que todo mundo pueda consultarla. Así, si tú o alguien conocido necesita ayuda, pueda encontrar fácilmente un lugar confiable.
Texto oficial
Artículo 59. El Instituto instrumentará acciones para llevar a cabo un registro de los Centros de Atención de Adicciones que brinden sus servicios en la Ciudad de México, actualizando y difundiendo mediante medios electrónicos un padrón de los mismos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.