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Ley
Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si recibes servicios para dejar las drogas o controlar su consumo, debes seguir las reglas de la ley y del lugar donde te atienden. También tienes que hacer caso al tratamiento y a las indicaciones de los doctores sobre tu salud. Es importante que participes activamente en los programas y actividades para cuidarte y prevenir recaídas. Cuida las instalaciones, los materiales y el equipo que uses. Por último, debes cumplir con cualquier otra obligación que marque la ley.

Texto oficial

Artículo 6°. Las personas usuarias de los servicios de atención integral del consumo de sustancias psicoactivas observarán lo siguiente: Cumplir las disposiciones aplicables en la prestación de los servicios que se derivan de la presente Ley, tanto las de carácter general como las de funcionamiento interno donde se brinde la atención; Seguir el tratamiento e indicaciones que el personal médico le señale con relación a su estado de salud; Participar activamente en los programas y actividades de prevención, fomento y cuidado de su salud; Procurar cuidado y diligencia en el uso y conservación de las instalaciones, materiales y equipos que se pongan a su disposición, y Las demás que les sean asignadas por las disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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