- Ley
- Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
- Artículo
- 81
Artículo 81 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso va a darle dinero al Instituto para que pueda trabajar, pagar sus gastos y asegurarse de que todo lo que dice esta Ley se cumpla. Es como cuando te dan un presupuesto para que puedas hacer tu chamba. Ese dinero lo deciden los diputados y senadores, y lo etiquetan específicamente para el Instituto. Sin esos recursos, el Instituto no podría operar ni vigilar que se respete la ley.
Texto oficial
Artículo 81. El Congreso asignará recursos para el funcionamiento y operación del Instituto y la aplicación de las disposiciones de la presente Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.