- Ley
- Ley de Atención Prioritaria para las Personas con Discapacidad y en Situación de Vulnerabilidad en la Ciudad de México
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la Ley de Atención Prioritaria para las Personas con Discapacidad y en Situación de Vulnerabilidad en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear y entregar una credencial especial para personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad. Esta credencial tendrá tu foto, tu nombre completo, qué tipo de discapacidad o vulnerabilidad tienes y hasta qué fecha es válida. El objetivo es que en todos los trámites y servicios públicos te atiendan de manera preferente, o sea, más rápido y con prioridad. Así, no tendrás que hacer fila ni esperar tanto como los demás.
Texto oficial
Artículo 12.- Para el cumplimiento de la presente Ley y con el objetivo de garantizar a las personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad una atención preferencial en la realización de todos los trámites y la prestación de los servicios públicos, la Secretaría expedirá y entregará a los interesados, una credencial que contará con fotografía y nombre completo del interesado, situación de vulnerabilidad o discapacidad en que se encuentre, así como la vigencia de la misma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.