- Ley
- Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de una actividad que hacen los servidores públicos con reglas claras y sin favorecer a nadie, para que el gobierno de la Ciudad de México funcione bien y sea transparente. Lo que se hace debe ser objetivo, ordenado y justo, además debe dar resultados independientes. La idea es que el gobierno sea más eficiente, o sea, que haga mejor su trabajo con los recursos que tiene. En pocas palabras, es una forma de asegurarse de que las autoridades rindan cuentas y trabajen a favor de los ciudadanos.
Texto oficial
Artículo 18.- Es la actividad que se desarrolla en forma objetiva, metodológica, sistemática, analítica e imparcial para garantizar la buena administración y el gobierno abierto, cuyo resultado es autónomo, la cual está concebida para agregar mayor eficiencia y eficacia a la gestión gubernativa de la Administración Pública de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.