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Ley
Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
49

Artículo 49 de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comisariado Público puede ir a las juntas de las empresas del gobierno, pero solo para dar su opinión, no para votar. También se asegura de que el dinero que manejan esas empresas se use solo para lo que fueron creadas, y no para otras cosas. Revisa que los gastos sigan los planes del gobierno de la Ciudad de México. Cada año, el Comisariado presenta un informe sobre cómo les fue a esas empresas, dando sugerencias y destacando lo que hacen bien. Además, vigila cuando se crean, fusionan o desaparecen empresas del gobierno, y checa que sus bienes y deudas estén en orden, así como que paguen sus impuestos correctamente.

Texto oficial

Artículo 49.- Son atribuciones generales del Comisariado Público, las siguientes: Asistir y participar con voz, pero sin voto, a las sesiones de los órganos de gobierno de las entidades paraestatales, así como a las asambleas de accionistas de las empresas de participación estatal mayoritaria. Vigilar que el presupuesto de las entidades paraestatales y empresas de participación estatal mayoritaria se ejerza para los fines que fueron creadas. Verificar que la aplicación del recurso sea acorde con los programas institucionales y los programas sectoriales que le correspondan, en el marco de los objetivos y prioridades del Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México. Rendir el Informe Anual del Desempeño General de las Entidades Paraestatales, emitiendo las consideraciones, recomendaciones y fortalezas que resulten procedentes. Vigilar e intervenir en los procesos de creación, extinción, desincorporación, incorporación, fusión, o escisión de los organismos públicos descentralizados, fideicomisos públicos y empresas de participación estatal mayoritaria, Entidades Paraestatales de la Administración Pública de la Ciudad de México. Revisar, analizar y verificar los activos y pasivos que integran el patrimonio de las entidades paraestatales y empresas de participación estatal mayoritaria. Verificar que se calculen, enteren y retengan los impuestos y contribuciones en tiempo y forma de conformidad con la normatividad aplicable.

Ver texto oficial de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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