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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-busqueda-personas/11
Ley
Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se trata de niñas, niños o adolescentes que hayan sido víctimas, cualquier ayuda o atención especial que necesiten (como terapias o acompañamiento) debe ser dada por personas expertas en derechos de la infancia, siguiendo las reglas de la Ley de Víctimas. La Comisión de Víctimas, sin dejar de reparar el daño, debe darle prioridad total a lo que sea necesario para que los menores de 18 años se recuperen rápido en su cuerpo, mente o emociones. También tiene que apoyarlos para que puedan cumplir sus planes de vida, y siempre tomarlos en cuenta y escucharlos. Además, esta Comisión debe analizar por qué ocurrió la violencia, qué efectos tuvo, y considerar cosas como la cultura, los sentimientos, la educación y la salud del niño o adolescente, según su edad y qué tan desarrollado está su entendimiento.

Texto oficial

Artículo 11. En los casos de niñas, niños o adolescentes, las medidas de reparación integral, así como de atención terapéutica y acompañamiento, deberán realizarse por personal especializado en derechos de la niñez y adolescencia, de conformidad con la Ley de Víctimas. La Comisión de Víctimas, sin detrimento de la reparación integral del daño, adoptará de forma prioritaria y preferente todas las medidas idóneas de ayuda, asistencia y atención que permitan la pronta recuperación física, mental o emocional de las víctimas menores de 18 años; así como, aquellas que permitan la realización de su proyecto de vida, garantizando en todo momento su participación. La Comisión de Víctimas deberá tomar en cuenta y considerar las causas, efectos y consecuencias del hecho victimizante, los aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de personas menores de 18 años, de acuerdo con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

Ver texto oficial de la Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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