- Ley
- Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la Ley de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema de Búsqueda sirve para que el gobierno de la Ciudad de México organice mejor sus recursos y trabaje de forma coordinada. Su meta es crear reglas claras y acciones concretas para buscar, encontrar e identificar a personas desaparecidas. También busca prevenir e investigar los delitos relacionados con desapariciones, según lo que marca la ley. Además, este sistema debe estar en contacto constante con sistemas similares de otros estados y municipios, y con el Mecanismo de Apoyo Exterior para casos que involucren a otros países.
Texto oficial
Artículo 16. El Sistema de Búsqueda tiene como objetivo diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los recursos de la Ciudad de México para establecer las bases generales, políticas públicas y procedimientos entre las autoridades de del Gobierno local para la búsqueda, localización e identificación de Personas Desaparecidas, así como para la prevención e investigación de los delitos en materia de la Ley General; establecer los lineamientos de coordinación con los sistemas o mecanismos homólogos de las entidades federativas y los Municipios. Así mismo mantener comunicación permanente y continua con el Mecanismo de Apoyo Exterior en términos de la Ley General.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.