- Ley
- Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 37
Artículo 37 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Caja te ofrece préstamos para que puedas comprar, construir o mejorar tu casa. Puedes pedir crédito para comprar un terreno o una casa, construir tu vivienda, hacerle reparaciones o incluso pagar deudas que tengas sobre tu casa. El préstamo puede cubrir hasta el 100% del valor que un banco nacional le ponga a la propiedad.
Texto oficial
Artículo 37.- A efecto de facilitar a los elementos la adquisición de inmuebles para vivienda o la construcción o mejoramiento de ésta, la Caja operará un sistema de crédito que tendrá por objeto: Financiar la adquisición de conjuntos habitacionales o la construcción de éstos, para adjudicarlos individualmente a los interesados mediante préstamos con garantía hipotecaria o con reserva de dominio, pudiendo realizar dichas acciones a través de las instituciones dedicadas a este objeto: El otorgamiento de créditos individuales, a los elementos, mediante garantía hipotecaria para los siguientes fines: Adquisición de terrenos para construir vivienda cuando carezcan de ella en propiedad; Adquisición o construcción de vivienda, cuando no tengan alguna en propiedad; Para efectuar mejoras o reparaciones de los inmuebles que hayan adquirido y habiten, y La redención de gravámenes sobre inmuebles de los que hayan adquirido en propiedad y habiten. El préstamo podrá ser otorgado hasta por un monto del 100% del avalúo realizado por una Sociedad Nacional de Crédito.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.