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Ley
Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México
Artículo
74

Artículo 74 de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Espectáculos se encarga de dar consejos y apoyo al gobierno sobre cómo organizar, promover y difundir eventos como conciertos, obras de teatro, exposiciones de arte y festivales en la Ciudad de México. También deben cumplir con otras tareas que les pongan los reglamentos oficiales. En pocas palabras, son los que ayudan a que estos eventos se hagan bien y lleguen a más gente.

Texto oficial

Artículo 74.- La Comisión de Espectáculos musicales, teatrales, artísticos, culturales y recreativos tendrá las siguientes atribuciones: Asesorar a la Administración en todo lo relacionado con la presentación, celebración, difusión y promoción de este tipo de Espectáculos públicos en la Ciudad de México; y Las demás que se señalen en los Reglamentos correspondientes. TÍTULO QUINTO VERIFICACIÓN, MEDIDAS DE SEGURIDAD, SANCIONES Y RECURSO DE INCONFORMIDAD CAPÍTULO I De la Verificación

Ver texto oficial de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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