- Ley
- Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que los encargados de las cárceles deben respetar tus derechos humanos mientras estás preso, como el derecho a la salud o a un trato digno. Solo te pueden quitar ciertos derechos si un juez lo ordena mediante una resolución. También pueden limitar algunos derechos si es necesario para mantener el orden y la seguridad dentro del penal. Esas limitaciones deben ser las mínimas indispensables, nada más de lo que la ley o los acuerdos internacionales permitan. En resumen, aunque estés detenido, sigues siendo una persona con derechos, salvo los que un juez o la seguridad del lugar te restrinjan.
Texto oficial
Artículo 21. Las autoridades del Sistema Penitenciario respetarán los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas privadas de la libertad, garantizando su libre y pleno ejercicio, salvo aquellos que les son suspendidos por resolución judicial y los límites estrictamente necesarios para la seguridad y disciplina interna en los Centros Penitenciarios, así como los demás establecidos en las leyes y en los tratados internacionales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.