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Ley
Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México
Artículo
7

Artículo 7 de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 7 dice que varias autoridades son las responsables directas de cómo funciona el sistema de prisiones en la Ciudad de México. Entre ellas están la Jefatura de Gobierno, la Secretaría de Seguridad, la Secretaría de Salud, y los directores de las prisiones y de las unidades médicas dentro de las cárceles. También menciona a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario y a la Dirección de Adolescentes. La Subsecretaría es la que se encarga de organizar cómo se vive dentro de las prisiones, pero solo en las que la Jefatura de Gobierno le asigne, siguiendo las reglas establecidas. En pocas palabras, estas autoridades son las que tienen la responsabilidad de que las cárceles funcionen bien.

Texto oficial

Artículo 7. La responsabilidad directa del Sistema Penitenciario estará a cargo de las siguientes autoridades: La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; La Secretaría; La Secretaría de Salud; La Subsecretaría; Las Direcciones de los Centros de Penitenciarios; Las Direcciones de las Unidades Médicas en los Centros Penitenciarios, en el ámbito de su competencia; Las Direcciones Ejecutivas; y La Dirección de Adolescentes. La Subsecretaría tendrá a su cargo el régimen y organización interna de los Centros Penitenciarios determinados por la persona titular de la Jefatura de Gobierno, en términos de la normativa aplicable.

Ver texto oficial de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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