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Ley
Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México
Artículo
70

Artículo 70 de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ayudar a que las personas en la cárcel puedan reintegrarse a la sociedad y a su familia, este artículo dice que se va a crear un Patronato (un grupo de apoyo). En ese Patronato pueden participar dependencias del gobierno, empresas privadas, organizaciones de la sociedad civil y asociaciones de ayuda, siempre y cuando sigan las reglas y no afecten el funcionamiento de la prisión. Todo lo que hagan debe respetar la dignidad y los derechos de los presos, y también de los niños que viven con sus mamás en los centros penitenciarios. Las reglas para entrar al Patronato y para evaluar su trabajo se van a definir después en un manual de operación.

Texto oficial

Artículo 70. Con el objeto de impulsar y apoyar las actividades laborales, educativas, deportivas, religiosas y culturales que son fundamentales para lograr la reinserción social y familiar de las personas privadas de la libertad, se establece la creación de un Patronato en el cual podrán participar entidades públicas o privadas, organizaciones civiles y sociales e instituciones de asistencia privada, siempre y cuando esta participación sea acorde con la normativa conducente y no altere el correcto funcionamiento del sistema penitenciario, respetando la dignidad humana y derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad y, en su caso, de las niñas y niños que permanezcan con sus madres en los Centros Penitenciarios, de conformidad con lo establecido en las reglas de operación que al efecto se emitan. Las reglas de operación deberán contener los requisitos para poder integrar el patronato, y criterios de evaluación de la participación de las personas mencionadas en el párrafo que antecede, en el cumplimiento de los fines de la presente ley. CAPÍTULO IV De los Medios de Comunicación

Ver texto oficial de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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