- Ley
- Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada vez que trates con el gobierno de la ciudad o con una alcaldía, ellos tienen la obligación de crear un archivo digital (llamado Expediente Electrónico) con tus datos personales. Antes de guardar cualquier información tuya en ese archivo, deben verificar que sea correcta y esté completa. Ese expediente debe estar conectado a tu Cédula Ciudadana (tu identificación oficial). Además, el gobierno tiene que cuidar que tu información esté segura, que no se pierda, que no la modifiquen sin permiso, que seas tú realmente quien la usa y que nadie más pueda verla sin autorización.
Texto oficial
Artículo 26. La Administración Pública y las Alcaldías deberán generar un Expediente Electrónico por cada Persona que interactúe con ellas, debiendo validar la información que recaben previo a su vinculación con un Expediente Electrónico. Dicho Expediente deberá vincularse a la Cédula Ciudadana, así como garantizar su seguridad, disponibilidad, integridad, autenticidad, confidencialidad y custodia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.