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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ciudadania-digital/39
Ley
Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 39 dice que, si usas tu Firma Electrónica, la ley te vincula directamente con el documento que firmaste, como si hubieras puesto tu huella o firma de puño y letra. Tú eres el único dueño de los aparatos o contraseñas que usas para firmar electrónicamente, así que se entiende que aceptaste lo que firmaste y sus consecuencias legales. No importa si no lo leíste todo: si usaste tu firma, es como si hubieras dicho "sí, estoy de acuerdo".

Texto oficial

Artículo 39. La identidad legal de la persona usuaria de la Firma Electrónica quedará establecida por el hecho de que ésta lo relaciona de manera directa y exclusiva con el contenido del documento electrónico y los datos que lo componen originalmente. La persona usuaria de la Firma Electrónica tendrá control exclusivo de los medios de generación de dicha firma, por lo que aceptará de manera implícita su uso y efectos jurídicos.

Ver texto oficial de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.