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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ciudadania-digital/41
Ley
Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La firma electrónica que viene con la Cédula Ciudadana funciona igual que si hubieras firmado a mano un papel. El gobierno y las alcaldías tienen que aceptarla sin problemas, como si fuera tu rúbrica de verdad. Esto aplica para todos los trámites que hagas con ellos. En pocas palabras, tu firma digital tiene el mismo valor legal que tu firma de puño y letra.

Texto oficial

Artículo 41. La Firma Electrónica asociada a la Cédula Ciudadana será aceptada por la Administración Pública y las Alcaldías como si se tratase de un documento con Firma autógrafa.

Ver texto oficial de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.