- Ley
- Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
- Artículo
- 45
Artículo 45 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un certificado deja de ser válido cuando ya pasó su fecha de caducidad, que no puede ser más de dos años desde que se emitió. También pierde validez si la persona que lo emitió lo cancela, ya sea porque el dueño del certificado lo pidió o porque alguien autorizado por él lo solicitó. Otra forma es cuando un juez o una autoridad ordena que ya no sirva, o si los datos que diste para obtenerlo eran falsos o incorrectos. Además, deja de valer si el dispositivo donde está guardado se daña, si alguien viola la contraseña de tu firma electrónica, si lo pierdes o te lo roban, si el dispositivo se descompone sin posibilidad de repararse, o si la persona que firmó muere o un juez declara que no puede tomar decisiones por sí misma.
Texto oficial
Artículo 45. Un Certificado dejará de ser válido en los siguientes supuestos: Expiración del periodo de vigencia, el cual no podrá ser superior a dos años, contados a partir de la fecha en que se hubiere expedido. Revocación por quien haya expedido el certificado, a solicitud de la persona titular del certificado o por la persona física o moral autorizada por la persona titular del certificado; Resolución judicial o de autoridad competente que lo ordene; Falsedad o inexactitud de los datos proporcionados por la persona titular del certificado al momento de la obtención del certificado electrónico; Por alteración del mecanismo de soporte del certificado electrónico o violación del secreto de los datos de creación de firma; Extravío o robo del certificado; Daño o falla irrecuperable del mecanismo de soporte del certificado; Fallecimiento del firmante o interdicción judicialmente declarada;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.