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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ciudadania-digital/6
Ley
Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a escoger cuál página web o app del gobierno (como las de las alcaldías) quieres usar para hacer tus trámites, siempre y cuando esté disponible. No estás obligado a entregar documentos o datos que el gobierno ya tenga guardados en sus sistemas, porque ellos mismos pueden consultarlos de forma digital. También tienes derecho a que te traten igual que a todos cuando hagas trámites en línea, a recibir servicios públicos por internet y a saber en qué va tu proceso cuando seas parte de un trámite. Además, puedes sacar copias digitales de tus documentos, tener un usuario y contraseña para entrar con una sola cuenta, y usar tu firma electrónica para identificarte de manera segura.

Texto oficial

Artículo 6. Las Personas tienen derecho a: Elegir, entre aquellos que se encuentren disponibles, el Canal Digital a través del cual se relacionarán con la Administración Pública y las Alcaldías; Dejar de proporcionar los datos y documentos que obren en poder de la Administración Pública y las Alcaldías en formato digital. La Administración Pública y las Alcaldías, utilizar medios electrónicos para acceder a dicha información a través del Riel de Interoperabilidad; Ser tratadas en igualdad de condiciones en el acceso electrónico a los trámites, programas sociales, acciones de gobierno, servicios y demás puntos de contacto con la ciudadanía brindados por los Órganos de la Administración Pública; Conocer por medios electrónicos el estado de tramitación de los procedimientos en los que sean interesados, salvo en los supuestos en que la normativa aplicable establezca restricciones al acceso a la información sobre aquéllos; Obtener copias electrónicas de los documentos que estén relacionados a su Expediente Electrónico y/o de los procedimientos en los que tengan la condición de usuario, sin perjuicio del pago de derechos establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México; Obtener el usuario y contraseña de acceso para el Inicio de Sesión Único; Que la Administración Pública y las Alcaldías garanticen la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en sus sistemas y aplicaciones; Que los servicios públicos puedan ser solicitados a través de medios electrónicos; Autenticarse a través del Inicio de Sesión Único y la Firma Electrónica; y Los demás que les sean reconocidos en las disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.