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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-crea-banco-adn-uso-forense/22
Ley
Ley por la que se crea el Banco de ADN para uso forense de la Ciudad de México
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley por la que se crea el Banco de ADN para uso forense de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Seguridad y la Secretaría de Gobierno van a hacer acuerdos con la Fiscalía para analizar los perfiles genéticos (como el ADN) de las personas. Las empresas de seguridad privada están obligadas a firmar convenios con la Fiscalía para tomar muestras de ADN a sus empleados y procesarlas. Esto significa que los trabajadores de seguridad privada tendrán que dar muestras para que se cree un registro de su información genética.

Texto oficial

Artículo 22. La Secretaría de Seguridad Ciudadana y la Secretaría de Gobierno celebrarán convenios con la Fiscalía General para el procesamiento de perfiles genéticos. Las empresas prestadoras de los servicios de seguridad privada deberán celebrar convenios con la Fiscalía General para la toma de muestras y el procesamiento de perfiles genéticos de su personal.

Ver texto oficial de la Ley por la que se crea el Banco de ADN para uso forense de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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