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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-crea-banco-adn-uso-forense/35
Ley
Ley por la que se crea el Banco de ADN para uso forense de la Ciudad de México
Artículo
35

Artículo 35 de la Ley por la que se crea el Banco de ADN para uso forense de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Coordinación Interinstitucional puede hacer acuerdos con otras oficinas del gobierno federal o de los estados para compartir lo que han aprendido y los conocimientos que tengan sobre el tema de esta ley. Eso significa que pueden trabajar juntos y pasarse información útil para mejorar su trabajo. No se trata de castigos ni de obligaciones, solo de colaborar voluntariamente.

Texto oficial

Artículo 35. La Coordinación Interinstitucional podrá suscribir convenios de colaboración con otras instituciones de la Federación o de las demás entidades federativas a efecto de intercambiar experiencias, conocimientos en la materia de la presente Ley. CAPÍTULO VIII RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

Ver texto oficial de la Ley por la que se crea el Banco de ADN para uso forense de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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