- Ley
- Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
- Artículo
- 47
Artículo 47 de la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un comité especial va a checar cómo le va a los niños, niñas y adolescentes que estén con su familia biológica, en adopción o viviendo solos. Este comité debe hablar continuamente con las autoridades para saber si están bien. La supervisión dura al menos un año para asegurarse de que estén protegidos.
Texto oficial
Artículo 47. El Comité Técnico, se mantendrá en coordinación con las entidades y autoridades competentes, informando sobre el progreso de niñas, niños y adolescentes en su familia biológica, en su familia adoptiva o en su vida autónoma por un periodo mínimo de un año.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.