- Ley
- Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
- Artículo
- 51
Artículo 51 de la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 51 dice que existe un sistema donde se guarda toda la información sobre los diferentes tipos de cuidados que se le pueden dar a niñas, niños y adolescentes que no están con sus papás. Esto incluye datos como quiénes los cuidan (familias o instituciones), quiénes trabajan con ellos, cuándo entran y salen, cuánto tiempo se quedan, qué dice la ley sobre su situación, y cómo se les da seguimiento y evaluación. Toda esa información se junta en una sola base de datos para tener un control más claro y completo del servicio.
Texto oficial
Artículo 51. El Sistema de Información contiene una base de datos detallada que permite consolidar la información relativa a todas las modalidades de cuidados alternativos: familias, instituciones, personal, ingresos y egresos de niñas, niños y adolescentes, permanencia, situación jurídica, tiempos en cada modalidad de acogimiento, seguimiento, evaluación y control del servicio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.