- Ley
- Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
- Artículo
- 55
Artículo 55 de la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia va a cuidar y proteger toda la información personal de niñas, niños y adolescentes que esté en su base de datos. Esto incluye su identidad, cómo va el proceso de cuidado alternativo (como cuando viven con otra familia o en un albergue) y la situación específica de cada menor. Solo se les dará acceso a esta información a personas que demuestren que tienen un derecho legal o un interés real y justificado para conocerla.
Texto oficial
Artículo 55. El Sistema para el Desarrollo Integral de resguardará los datos del Sistema de Información para proteger la identidad, el proceso de cuidado alternativo y la situación específica en que se encuentre cada niña, niño y adolescente. Tal información únicamente se dará a conocer a quien acredite un interés jurídico o legítimo sobre ella, en apego a la normatividad aplicable en los ámbitos local y federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.