- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 101
Artículo 101 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si los conductores que chocan llegan a un acuerdo, deben ponerlo por escrito. Quien acepte la culpa o sea declarado responsable de los daños no recibirá una multa. A los conductores que no tengan la culpa, les devolverán su coche sin más trámites.
Texto oficial
Artículo 101.- Cuando las personas conductoras involucrados lleguen a un acuerdo, se hará constar por escrito el convenio respectivo y se eximirá de la imposición de las sanciones a que se refiere el artículo 33 de este ordenamiento a quien acepte la responsabilidad o resulte responsable de los daños causados. A la o las personas conductoras que no resulten responsables de los daños, les serán devueltos sus vehículos sin mayor trámite.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.