- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 111
Artículo 111 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En los juzgados, los jueces y su equipo trabajan por turnos para que haya alguien disponible las 24 horas del día, todos los días del año, incluso fines de semana y días festivos. Esto significa que siempre hay personal de guardia, sin importar la hora o la fecha. Así, si necesitas hacer un trámite urgente o presentar una queja en la madrugada o en un día feriado, siempre habrá alguien que te atienda.
Texto oficial
Artículo 111.- En cada Juzgado actuarán Personas Juzgadoras en turnos sucesivos con diverso personal, que cubrirán las veinticuatro horas de todos los días del año.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.