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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-cultura-civica/111
Ley
Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Artículo
111

Artículo 111 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En los juzgados, los jueces y su equipo trabajan por turnos para que haya alguien disponible las 24 horas del día, todos los días del año, incluso fines de semana y días festivos. Esto significa que siempre hay personal de guardia, sin importar la hora o la fecha. Así, si necesitas hacer un trámite urgente o presentar una queja en la madrugada o en un día feriado, siempre habrá alguien que te atienda.

Texto oficial

Artículo 111.- En cada Juzgado actuarán Personas Juzgadoras en turnos sucesivos con diverso personal, que cubrirán las veinticuatro horas de todos los días del año.

Ver texto oficial de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.