- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 120
Artículo 120 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jueces tienen la obligación de pedir a los funcionarios públicos cualquier información, reporte o documento que necesiten para resolver un caso. Esto lo hacen para entender mejor el asunto y poder tomar una decisión justa. Los servidores públicos deben entregar lo que les pidan, siempre que esté dentro de lo que les corresponde hacer. En pocas palabras, si un juez necesita datos para aclarar algo, puede solicitar los papeles oficiales.
Texto oficial
Artículo 120.- Las Personas Juzgadoras estarán obligados a solicitar a las personas servidoras públicas los datos, informes o documentos sobre asuntos de su competencia, para mejor proveer y resolver lo conducente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.