- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 121
Artículo 121 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para aplicar la multa por el mal uso del teléfono (como hacer llamadas de broma al 911 o usar apps para cometer delitos), las autoridades pueden pedirle a las compañías telefónicas o dueños de las aplicaciones los datos de la persona que tiene esa línea o cuenta. Eso incluye su nombre completo y su dirección. Básicamente, si te metes en problemas por usar el teléfono de manera indebida, el gobierno puede investigar fácilmente quién eres y dónde vives.
Texto oficial
Artículo 121.- En el caso de la infracción establecida en la fracción IX del artículo 28, realizar el requerimiento de información necesaria a las organizaciones públicas o privadas competentes, para identificar al titular de la línea telefónica o aplicaciones y su domicilio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.