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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-cultura-civica/121
Ley
Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Artículo
121

Artículo 121 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para aplicar la multa por el mal uso del teléfono (como hacer llamadas de broma al 911 o usar apps para cometer delitos), las autoridades pueden pedirle a las compañías telefónicas o dueños de las aplicaciones los datos de la persona que tiene esa línea o cuenta. Eso incluye su nombre completo y su dirección. Básicamente, si te metes en problemas por usar el teléfono de manera indebida, el gobierno puede investigar fácilmente quién eres y dónde vives.

Texto oficial

Artículo 121.- En el caso de la infracción establecida en la fracción IX del artículo 28, realizar el requerimiento de información necesaria a las organizaciones públicas o privadas competentes, para identificar al titular de la línea telefónica o aplicaciones y su domicilio.

Ver texto oficial de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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