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Ley
Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Artículo
127

Artículo 127 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se queda vacante un puesto de juez, jueza o secretario, o se crea un puesto nuevo, la Consejería debe publicar una convocatoria para que quienes quieran el puesto presenten exámenes. En esa convocatoria se explican los requisitos, la fecha, la hora y el lugar del examen. Se publica una vez en la Gaceta Oficial, dos veces seguidas (con tres días de diferencia) en dos periódicos importantes de la Ciudad de México, y también se pone en los juzgados y en la página web de la Consejería.

Texto oficial

Artículo 127.- Cuando una o más plazas de Persona Juzgadora o Secretaria estuvieran vacantes o se determine crear una o más, la Consejería publicará la convocatoria para que los aspirantes presenten los exámenes correspondientes, en los términos que disponga el Reglamento. Dicha convocatoria señalará los requisitos a cubrir, según el caso, el día, hora y lugar de celebración del examen y será publicada por una sola vez en la Gaceta Oficial y un extracto de la misma por dos veces consecutivas, con intervalo de tres días, en dos de los periódicos de mayor circulación en la Ciudad de México, así como en los Juzgados y en la página electrónica de la Consejería.

Ver texto oficial de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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