- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 136
Artículo 136 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección va a buscar todas las pruebas que sirvan para aclarar los hechos de la queja que presentaste, y también va a ordenar hacer las investigaciones necesarias. Esto incluye lo que salga de las supervisiones que ellos mismos realicen. En pocas palabras, se encargarán de juntar la información que ayude a entender bien lo que pasó.
Texto oficial
Artículo 136.- La Dirección se allegará de las pruebas conducentes y ordenará la práctica de las diligencias tendientes al esclarecimiento de los hechos motivo de la queja, así como los derivados de las supervisiones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.