- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 79
Artículo 79 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser mediador o mediadora comunitaria en México necesitas: ser ciudadano mexicano con derechos civiles y políticos vigentes, tener al menos 25 años el día que te nombren, contar con título o haber pasado todas las materias de la carrera de Derecho, no tener una condena firme por algún delito intencional ni estar suspendido para un cargo público, y aprobar el proceso de selección, exámenes y cursos especiales en mediación comunitaria. Este puesto es de confianza y la Alcaldía te nombra y ratifica cada tres años, pero solo si pasas un examen de competencias laborales. La Consejería pone las reglas para elegirte y reelegirte. Además, una vez que seas mediador, tu único trabajo será ese: la Alcaldía no te puede pedir que hagas otras cosas ajenas a la mediación comunitaria.
Texto oficial
Artículo 79.- Para ser Persona Mediadora Comunitaria se deben reunir los siguientes requisitos: Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos y tener cuando menos veinticinco años de edad al día de su designación; Contar con licenciatura en derecho o ser pasante en derecho; No haber sido condenada en sentencia ejecutoriada por delito intencional ni suspendida o inhabilitada para el desempeño de un cargo público, y Concursar y aprobar el proceso de selección correspondiente, sometiéndose a los exámenes y cursos de capacitación y entrenamiento específicos para la prestación de la mediación comunitaria. El cargo de persona mediadora es de confianza y será designado y ratificado cada tres años por la Alcaldía, previa aprobación de un examen de competencias laborales. La Consejería expedirá los lineamientos para la designación y ratificación de las Personas Mediadoras Comunitarias. La Persona Mediadora Comunitaria a que se refiere este apartado, se dedicará a esa función de forma exclusiva por lo que la Alcaldía evitará que atienda cualquier otra función, ajena al servicio de mediación comunitaria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.