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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-cultura-civica/81
Ley
Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Artículo
81

Artículo 81 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La mediación comunitaria dura máximo tres días. Si tú y la otra persona no llegan a un acuerdo, el mediador los enviará con un juez para empezar el proceso legal que aplique en su caso. El juez decidirá lo que sigue.

Texto oficial

Artículo 81.- El procedimiento de mediación comunitaria se desahogará en un máximo de tres días. En el caso de no arribar a una solución y deseen las partes acudir con la Persona Juzgadora, la Persona Mediadora las canalizará con la Persona Juzgadora a efecto de iniciar el procedimiento que corresponda. La Persona Juzgadora determinará lo conducente. CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTO POR QUEJA

Ver texto oficial de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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