- Ley
- Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas en la Ciudad de México
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pides la Declaración Especial de Ausencia, debes dar estos datos: primero, tu nombre, cómo te relacionas con la persona desaparecida y tus datos básicos. También necesitas los datos de la persona desaparecida, como su nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad y si era soltera, casada, etc. Tienes que incluir la denuncia que hiciste ante la Comisión de Derechos Humanos, contando cómo ocurrió la desaparición. Además, señala la fecha y lugar donde pasó; si no los sabes exactos, basta con lo que supongas. Debes mencionar a los familiares directos o personas con las que la persona desaparecida tenía una relación afectiva cercana y diaria, así como su trabajo y dónde trabajaba, incluyendo si tenía seguro social. También tienes que listar sus propiedades, derechos y bienes. Indica qué efectos quieres que tenga la declaración (según el artículo 23 de esta ley) y cualquier otra información que ayude al juez a confirmar quién era la persona desaparecida. El juez no está obligado a hacer solo lo que pides; debe seguir los principios de esta ley al decidir los efectos de la declaración. Además, si faltan datos en tu solicitud, el juez debe completarlos por ti.
Texto oficial
Artículo 11.- La solicitud de Declaración Especial de Ausencia deberá incluir la siguiente información: El nombre, parentesco o relación de la persona solicitante con la Persona Desaparecida y sus datos generales; El nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad y el estado civil de la Persona Desaparecida; La denuncia, reporte o queja ante la Comisión de Derechos Humanos donde se narren los hechos de la desaparición; La fecha y lugar de los hechos relacionados con la desaparición; cuando no se tenga precisión sobre la fecha o el lugar, bastará con la presunción que se tenga de esta información; El nombre y edad de las y los Familiares o de aquellas personas que tengan una relación sentimental afectiva inmediata y cotidiana con la Persona Desaparecida; La actividad a la que se dedica la Persona Desaparecida, así como nombre y domicilio de su fuente de trabajo y, si lo hubiere, datos del régimen de seguridad social al que pertenezca la Persona Desaparecida; Los bienes y derechos patrimoniales de la Persona Desaparecida; Los efectos que se solicita tenga la Declaración Especial de Ausencia en los términos del artículo 23 de esta Ley; Toda aquella información que la persona solicitante haga llegar a la Jueza o el Juez de lo Familiar, para acreditar la identidad y personalidad jurídica de la Persona Desaparecida; y Cualquier otra información que la o el solicitante estime relevante para determinar los efectos de la Declaración Especial de Ausencia. Tratándose de la fracción VIII, al resolver sobre los efectos de la Declaración Especial de Ausencia que se emita, la Jueza o el Juez de lo Familiar competente deberá atender los principios consagrados en esta Ley y no exclusivamente lo que le fue solicitado. Asimismo, la Jueza o el Juez de lo Familiar competente que conozca sobre la Declaración Especial de Ausencia deberá suplir las deficiencias de la solicitud presentada por las y los Familiares o por las personas legitimadas para hacerlo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.