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Ley
Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
Artículo
22 Bis

Artículo 22 Bis de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto es la dependencia encargada de vigilar que se cumplan los derechos culturales de todas las personas. Esto significa que puede promover, difundir, proteger y garantizar que tengas acceso a la cultura, así como a tus tradiciones y costumbres. También se asegura de que nadie te impida ejercer estos derechos. En pocas palabras, el Instituto cuida que la cultura sea un derecho real para ti y tu comunidad.

Texto oficial

ARTÍCULO 22 Bis.- El Instituto tendrá a su cargo la puntual observancia de los derechos culturales, y estará facultado para su promoción, difusión, respeto, protección y garantía.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México. (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.