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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-derechos-culturales-habitantes-visitantes/24
Ley
Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice que algo "se deroga", significa que ya no tiene efecto, como si lo hubieran borrado. Así que no tienes que preocuparte por cumplirlo. En pocas palabras, ya no existe ningún mandato o prohibición que debas seguir aquí.

Texto oficial

ARTÍCULO 24.-Se deroga.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México. (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.