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Ley
Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.
Artículo
25

Artículo 25 de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. Cuando una ley "deroga" un artículo, significa que lo borra por completo o lo reemplaza con otra cosa. Entonces, todo lo que decía antes ya no se aplica para nada. Es como si nunca hubiera existido en la versión actual de la ley.

Texto oficial

ARTÍCULO 25.-Se deroga.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México. (pág. 1) ↗

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