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Ley
Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Artículo
80

Artículo 80 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una televisora, radio o periódico local quiere entrevistar a un niño, niña o adolescente, primero debe pedir permiso por escrito (o de otra forma que deje registro) a sus papás o tutores. También debe preguntarle al menor su opinión, siempre y cuando eso no lastime su privacidad ni sus derechos. Además, quien haga la entrevista debe tratarlo con respeto y no decir ni hacer nada que pueda dañar su desarrollo. En el caso de un adolescente, si no se puede conseguir el permiso de sus papás o tutores, él mismo puede dar su consentimiento, pero solo si eso no viola su derecho a la intimidad. Si da el permiso así, se debe seguir lo que dice el artículo 79 en su último párrafo.

Texto oficial

Artículo 80. Cualquier medio de comunicación local que difunda entrevistas a niñas, niños y adolescentes, procederá como sigue: Deberá recabar el consentimiento por escrito o cualquier otro medio, de quienes ejerzan la patria potestad o tutela, así como la opinión de la niña, niño o adolescente, respectivamente, siempre que ello no implique una afectación a sus derechos, en especial su derecho a la privacidad; y La persona que realice la entrevista será respetuosa y no podrá mostrar actitudes ni emitir comentarios que afecten o impidan objetivamente el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes. En el caso de que no sea posible recabar el consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad o tutela de un adolescente, éste podrá otorgarlo siempre que ello no implique una violación a su derecho a la intimidad. En caso de haberse otorgado bajo este supuesto, se deberá proceder en términos de lo establecido por el artículo 79, último párrafo.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.