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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-derechos-ninas-ninos-adolescentes/95
Ley
Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Artículo
95

Artículo 95 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que cualquier persona que esté cerca de niños, niñas y adolescentes no puede ejercer violencia contra ellos. Está prohibido usar golpes o castigos físicos para corregirlos o disciplinarlos. Esto aplica a papás, maestros, familiares y cualquier adulto que los trate. La intención es proteger a los menores de cualquier daño.

Texto oficial

Artículo 95. Quienes tengan trato con niñas, niños y adolescentes se abstendrán de ejercer cualquier tipo de violencia y se prohíbe el uso del castigo corporal como método correctivo o disciplinario.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.