- Ley
- Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
- Artículo
- 98
Artículo 98 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las autoridades y los órganos políticos del gobierno deben ayudarse entre sí para cumplir con lo que establece esta Ley. Cada uno tiene que actuar según lo que le corresponde hacer, que ya está marcado en esta misma Ley y en otras leyes que aplican. En pocas palabras, es como un compromiso de trabajo en equipo entre las distintas partes del gobierno para lograr los objetivos de la Ley.
Texto oficial
Artículo 98. Las autoridades y los órganos político administrativos coadyuvarán para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, de conformidad con las competencias previstas en el presente ordenamiento y demás disposiciones legales aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.