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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-derechos-personas-mayores/15
Ley
Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
Artículo
15

Artículo 15 de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social es la que se encarga de organizar y llevar a cabo todo lo necesario para que las personas mayores estén integradas en la sociedad y reciban la ayuda que necesitan. Esto incluye servicios de asistencia social y atención completa, como los que menciona esta Ley. En pocas palabras, el gobierno tiene que asegurarse de que los adultos mayores tengan apoyo para vivir mejor y no queden excluidos.

Texto oficial

Artículo 15.- La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, deberá coordinar e implementar las acciones que se requieran, para promover la integración social de las personas mayores y para brindarles los servicios de asistencia social y atención integral a los que se refiere esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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