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Ley
Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social va a asegurarse de que las personas mayores tengan acceso a comida, y para eso va a pedir ayuda a la comunidad para repartirles alimentos que sean nutritivos y equilibrados. También va a informar a toda la población sobre qué opciones de comida son buenas para los adultos mayores, y lo hará de tres maneras: 1) organizando pláticas y campañas sobre nutrición, tomando en cuenta la salud de cada persona mayor; 2) publicando folletos y anuncios en radio, televisión o redes sociales; y 3) haciendo acuerdos con organizaciones públicas, privadas y sociales para que ayuden a dar orientación sobre la alimentación de los adultos mayores.

Texto oficial

Artículo 16.- La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, implementará las acciones pertinentes para garantizar la cobertura en materia alimentaría para las personas mayores; impulsando la participación comunitaria para la dotación de alimentos nutricionalmente balanceados para las personas mayores. Con objeto de ampliar los mecanismos de información a la población a fin de que conozcan alternativas alimentarías para las personas mayores deberá: I. Organizar campañas de orientación e información nutricional de acuerdo a las condiciones físicas de las personas mayores; II. Publicar materiales de orientación nutricional y campañas de difusión en medios masivos de comunicación, y III. Establecer convenios específicos de colaboración con instituciones y organismos públicos, sociales y privados que brinden orientación alimentaría las personas mayores.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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