- Ley
- Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
- Artículo
- 17
Artículo 17 de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social se va a poner de acuerdo con hospitales y escuelas del gobierno (tanto federales como locales) para crear pláticas y cursos. El objetivo es que las familias aprendan a tratar mejor a las personas mayores y a convivir con ellas de manera más tranquila y agradable. En lugar de hablar de forma complicada, la ley busca que en casa haya un buen ambiente cuando se vive con un adulto mayor. Esto aplica a todo México, tanto a nivel nacional como en tu estado o municipio.
Texto oficial
Artículo 17.- La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, promoverá la coordinación con las instituciones federales y locales de salud y educación, para implementar programas de sensibilización y capacitación con objeto de favorecer la convivencia familiar con las personas mayores, para que esta sea armónica.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.