- Ley
- Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
- Artículo
- 38
Artículo 38 de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas mayores no tienen que pagar cuando usan el transporte público masivo, como el metro, Metrobús o camiones urbanos. Esta regla aplica siempre y cuando sigan lo que digan las demás leyes sobre el tema. En pocas palabras, si eres una persona de la tercera edad, puedes viajar gratis en estos transportes.
Texto oficial
Artículo 38.- Las personas mayores, tendrán derecho a la exención de pago al hacer uso del servicio público de transporte de tipo masivo, de conformidad con las disposiciones aplicables de la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.