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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-derechos-personas-mayores/6
Ley
Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La familia de una persona de la tercera edad debe hacerse cargo de ella de forma constante. Esto significa que los familiares tienen la obligación de saber qué necesita el adulto mayor (como cuidados, atención médica o compañía) y darle todo lo que requiera para que viva bien. Es un deber que no se puede dejar a medias: debe cumplirse siempre, no solo de vez en cuando. En pocas palabras, la ley dice que la familia es responsable de cuidar y apoyar a sus personas mayores en todo momento.

Texto oficial

Artículo 6.- La familia de la persona mayor deberá cumplir su función social, por tanto de manera constante y permanente deberá hacerse cargo de cada una de las personas mayores que formen parte de ella, conociendo sus necesidades, proporcionándoles los elementos necesarios para su atención integral.

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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