- Ley
- Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley dice que lo mejor para una persona de la tercera edad es vivir en su propia casa, donde se sienta más cómoda y segura. Solo si se enferma, ella misma decide irse o hay una situación muy grave que lo obligue, puede pedir entrar a un asilo o centro de cuidado, ya sea del gobierno o privado. Esto significa que nadie la puede forzar a salir de su hogar contra su voluntad, a menos que sea absolutamente necesario.
Texto oficial
Artículo 7.- El lugar ideal para que la persona mayor permanezca es su hogar; y solo en caso de enfermedad, decisión personal o causas de fuerza mayor, podrá solicitar su ingreso en alguna institución asistencial pública o privada dedicada al cuidado de personas mayores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.